Circular Nro 8/2026

General Roca, 17 de julio de 2026.-

Sres. Afiliados:

Nos dirigimos a ustedes con el propósito de informarles que la Dirección de Personas Jurídicas ha aprobado el dictamen de la asesoría legal de nuestra Caja para la incorporación del proyecto de CAPITALIZACIÓN.

Este nuevo sistema se implementará de forma simultánea al régimen solidario actual de nuestra institución. Cabe destacar que estos fondos no se unificarán con los aportes mensuales obligatorios establecidos por la Ley N.° 4909.

La cuenta de capitalización funcionará de manera independiente. Cada profesional dispondrá de una cuenta individual que le permitirá conocer y hacer un seguimiento de sus movimientos económicos. En este esquema, la Caja actuará únicamente como un nexo para derivar los fondos y colocarlos en diferentes opciones de inversión.

El proyecto está dirigido a todos los profesionales de la provincia, activos y jubilados, y constituye, fundamentalmente, un estímulo para los colegas más jóvenes. Se trata de una propuesta de inversión y ahorro pensada para que, a lo largo del tiempo, el profesional genere un capital que le redunde en un beneficio a futuro.

A continuación, les compartimos los detalles técnicos:

1. Disposiciones Generales del Régimen

Se instituye un régimen de capitalización individual, de carácter voluntario, para los afiliados de la Caja de Previsión Odontológica de Río Negro. Este sistema funciona como un complemento al régimen principal de la Caja. Ambos regímenes operan con contabilidades separadas y tienen prohibido el intercambio de activos o reservas entre sí, con la única excepción de los fondos que se deriven a la “Cuenta Residual”.

2. Administración de la Cuenta Individual y Aportes

Cada afiliado que participe tendrá una cuenta individual que registrará los ingresos y egresos.

  • Incrementos: La cuenta crece mediante los aportes del afiliado y la rentabilidad acreditada por la Caja.
  • Disminuciones: El saldo se reduce por el cobro de gastos operativos, los beneficios otorgados y los rescates anticipados.
  • Mínimos de aporte: Los aportes pueden ser regulares u ocasionales, estableciéndose un monto mínimo inicial de $ 100.000 (a marzo de 2026), el cual se actualizará trimestralmente según el Índice de Precios al Consumidor.

3. Rentabilidad y Fondos de Fluctuación

La Caja determina de forma periódica la rentabilidad de los fondos, basándose exclusivamente en el resultado de las inversiones de este régimen. Para proteger el capital, la Caja puede implementar un “Fondo de Fluctuación” (tanto en la etapa activa como en la pasiva), el cual se financia con una porción de la rentabilidad y tiene como objetivo amortiguar posibles resultados negativos en las inversiones.

4. Beneficios Previsionales y Modalidades de Cobro

El régimen contempla la Jubilación Ordinaria, Jubilación por Incapacidad Total y Permanente, Pensión por fallecimiento y Rescates. Al acceder a la Jubilación Ordinaria, el afiliado puede optar por diferentes modalidades:

  • Renta vitalicia sin beneficiario.
  • Renta vitalicia con un beneficiario designado (quien cobrará el 70% de la jubilación en caso de fallecimiento del titular).
  • Retiro total de los fondos acumulados.
  • Cobro de los fondos en un plazo determinado o mediante retiro programado.

5. Rescates Anticipados y Cuenta Residual

La Caja permite a los afiliados realizar rescates anticipados de hasta un 30% del saldo de su cuenta individual. Este beneficio se puede solicitar cada 3 años desde el primer aporte y conlleva un cargo administrativo del 5%. Por otro lado, se crea una “Cuenta Residual” donde se acumulan los gastos operativos cobrados, las quitas por rescates y los remanentes de cuentas de afiliados fallecidos que no hayan sido reclamados por herederos legales, cuyo uso final debe estar respaldado por un informe actuarial.

6. Bases Técnicas y Derecho a la Información

Todos los cálculos de los beneficios, primas y expectativas de vida se realizan siguiendo bases técnicas y tablas de mortalidad (como las GAM94) anexas al reglamento. Cualquier modificación al reglamento o evaluación anual de rentabilidad requiere obligatoriamente de un estudio actuarial. Además, la Caja tiene la obligación de informar al afiliado en todo momento sobre los aportes acreditados, la rentabilidad, los gastos debitados y los saldos al inicio y cierre de cada período.-

Próximamente iremos ampliando la información, no obstante, por cualquier inquietud podrá comunicarse con nuestra Caja.

Saludamos a Ud. Muy atte.

Dr. Armando Gentili
Presidente
Dra. Doris Chandía
Secretaria
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